Manifiesto de la Voz en la redCompañeros internautas, hace tan solo un año de la aparición de la LSSICE que tantos dolores de cabeza a provocado en nuestra red.
Quizás para celebrarlo desde el 1º de Setiembre una sociedad privada a sido autorizada a cobrar un canon basado en la posible piratería por nuestra parte.
La citada sociedad a negociado directamente dicho canon con la asociación de fabricantes de soportes magnéticos (ASIMELEC)utilizando para ello medidas coercitivas como la posibilidad de cobrar el canon con efecto retroactivo a quien no acepte aplicar dicho canon.
Ver
http://www.$GA€.es/recursos/pdf/rep_meca/rep_mec/contrato_soportes_digitales.pdf
Dicho canon nos deja en situación de indefensión al no haber concurrido a dicha negociación representación alguna de los consumidores.
Dicho canon debería aplicarse al objeto de copia y no al soporte de dicha posible copia, así como no hace distinción entre cds normales y regrabables los cuales raramente se usan para grabar música motivo principal este de el citado canon y de la exacerbada defensa que de el hace la $GA€.
Tampoco se han tenido en cuenta los intereses de colectivos tan sensibles como las personas con deficiencias auditivas graves, a las cuales se las incluye a pesar de ser tan evidente que no piratean música.
Al no permitir la presencia de representantes de los consumidores se incumplen o como minimo se vulneran lesivamente articulos de la constitución que detallo a continuación.
Artículo 44
1º Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura a la que todos tienen derecho.
2º Los poderes publicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interes general
Artículo 51
1º Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
2º Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquellos, en los términos que la Ley establezca.
3º En el marco de lo dispuesto por los apartados anteriores, la Ley regulará el comercio interior y el régimen de autorización de productos comerciales.
Artículo 52
La Ley regulará las organizaciones profesionales que contribuyan a la defensa de los intereses económicos que les sean propios. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Por todo lo cual queda claro que aplicar un canon por la posibilidad de piratería no es democrático, lo lógico sería incrementar el precio del objeto susceptible de ser copiado.
Presentarse en un concierto organizado por grupos no pertenecientes a su asociación y obligar al pago de derechos no es democrático.
Negociar sobre un canon que supone un incremento de un 50% sobre el valor del articulo siendo este de necesidad básica para muchos estudiantes de secundaria y universitarios sin una representación de los usuarios no es democrático.
Esta es nuestra voz compañeros internautas, y esta vez tenemosque hacer que se oiga, para ello vamos a necesitar que tanto particulares como asociaciones firméis y deis vuestra voz a este manifiesto que finalmente se hará llegar a donde corresponda.
Por la plataforma anti$GA€